domingo, 25 de noviembre de 2012

Reglamentos Taurinos

Reglamentos Taurinos
Por Carlos Barrera
Melchor Ordóñez

El día 21/11/2012 aparece en la prensa taurina que se han reunido los miembros de ANPTE (Asociación Nacional de Presidentes de Plazas de España) con la comisión Ministerial para hacer un informe sobre la situación y pretensiones del sector y entregarlo al ministro de cultura.

Miembros de ANPTE y entre ellos SM El Viti


Entre otras pretensiones está la de la garantía a través de la Ley Taurina Nacional de que las reglas del juego de la tauromaquia, el sistema artístico permanecerá igual en todas las partes del territorio Español, o sea, la unificación del Reglamento en materia técnica y artística,  y dejar para las Comunidades Autónomas la policía, autorizaciones, etc. Por fin nos hemos dado cuenta de que en España lo que sobran son Reglamentos y no CCAA.

La presencia policial es una garantía para todos en el espectáculo

No he querido dejar pasar  este momento para nombrar el primer Reglamento de 1847 de MELCHOR ORDOÑEZ Y VIANA, que precisamente nació en Málaga y era  gran aficionado a los toros.


Málaga pionera en la reglamentación y el orden

Mas que un Reglamento fue una de las primeras disposiciones Taurinas del s. XIX.  Melchor Ordoñez ocupaba entonces el cargo de jefe Político de Málaga y considerado por muchos como el primer Legislador Taurino conocido. El 1 de Junio de 1847 con motivo de unas corridas de toros en Málaga, dicto las llamadas “condiciones bajo las cuales ha sido concedido por el Seños Jefe Político de esta Provincia el permiso para dar dos corridas de toros que tendrán lugar en esta ciudad los días 3 y 13 de junio del corriente”. 

De contenido muy ambicioso, ya que no solo se ocupa de aspectos de orden público (lo que era su función), sino que también se ocupa de los derechos del público.

Lidiado como toro en la provincia de Málaga para que el turismo valore la importancia del toreo



Cabe destacar la prohibición de la venta de un número de entradas mayor al aforo de la plaza; se establecen multas a quienes golpeen a los toros con tablones para quitarles poder; se determina la edad de las reses (de 5 a 8 años) e incluso se refiere a la correcta ejecución de aquellas suertes (sobre todo la de picar) de la que depende el buen fin del espectáculo, etc.




1910, Fotografia del Diario de Cádiz, tumulto, la muchedumbre se lanza al ruedo para matar al toro



La importancia de este modesto documento, que sólo tenía vigencia en la provincia de Málaga, radica en que cinco años después, cuando don Melchor Ordóñez era gobernador de Madrid, sirvió de referente para la redacción del primer reglamento taurino; y éste, aprobado el 20 de junio de 1852 y vigente sólo en la plaza de Madrid, fue a su vez el fundamento donde se apoyaron las reglamentaciones que, a partir de entonces, se preocuparon por ordenar legalmente las corridas de toros en cada provincia del Reino (Sevilla, 1858; Guadalajara, 1862; Logroño, 1863; Jaén, 1867; Cádiz, 1872; etc.).

La corrida puede parecer un caos, pero es siempre orden, sin el no existe la lidia.


El Reglamento Taurino, conservando su esencia, ha estado evolucionando por razones culturales. Además  ha ido acompañando los cambios políticos, sociales y económicos propios de cada época, para mantener la vigencia histórica-cultural.

¿Es posible que veamos otra modificación del Reglamento en esta época de crisis política, crisis económica y, también social? Desde  luego, hace falta que  defendamos nuestra fiesta desde todos los frentes, esta fiesta que identifica a lo Español, porque ha impregnado toda y cada una de las bellas artes de nuestro país.